31.03.2009

La Protección de los Diseños de Moda

El post de hoy no lo escribo yo, lo hace una persona en la que confío plenamente tanto el el ámbito profesional como en el personal, y más en un tema como es este de hoy. Me ha costado un poco (no mucho, porque yo tengo mi artimañas) conseguir que encontrara un hueco para escribirlo, pero creo que es algo que a todos los que nos dedicamos a la moda por afición o profesión nos interesa y el resultado merece la pena.

Su nombre es Andy Ramos y es abogado especialista en Propiedad Intelectual, trabajo “difícilmente sostenible” con la mentalidad de los tiempos que corren, pero que él defiende de una forma apasionada, como dirían: a capa y espada. Creo que no conozco a nadie que disfrute tanto como él con lo que hace; yo lo hago viéndolo realizado y comprobando que los esfuerzos, cuando se hacen con convicción, integridad y pasión merecen la pena y dan sus frutos, aunque cuesten mucho trabajo.

Si queréis saber más sobre este abogado, u os interesa todo lo relacionado con la Propiedad Intelectual, podéis seguirlo en su blog, donde analiza la actualidad desde el punto de vista de su especialización en el Derecho. También podéis visitar la web: www.interiuris.com

Espero que os resulte interesante:

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Todos tenemos claro qué es una falsificación, aunque a veces creemos estar comprando algo legítimo cuando adquirimos una réplica, un clon o una prenda que es un “homenaje” a otra de un determinado diseñador. La moda forma un sector industrial que genera miles de millones de dólares al año y lo hace sobre la base de unos diseños que en ocasiones son imitados por los competidores. Pero ¿protege la Ley estos diseños y hasta qué punto son legales otras prendas que imitan a las de los diseñadores famosos?

Por supuesto que el diseño de un bolso, traje, zapato o complemento de moda determinado puede estar protegido por nuestras normas; la Ley de Competencia Desleal o la Ley de Propiedad Intelectual podrían ser utilizadas para evitar que un competidor imitase unos diseños específicos, pero es la Ley de Diseño Industrial la que tiene un régimen especial para este tipo de obras tan características.

El último mes ha sido muy movido en varios blogs especializados en moda, que se hacían eco de las enormes coincidencias que existían entre varios modelos de prendas y zapatos de la firma Zara con otros de diseñadores más caros y exclusivos:

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Diseños de Zara y Balmain. Fuente: Moda y Tendencia

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Zapatos de Zara y Louis Vuitton. Fuente: Fashionisima 1.0

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Diseños de Zara y Balmail. Fuente: El Rincón de Moda

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Zapatos de Balmain y de Zara. Fuente: Fashionisima 1.0

Todos estos modelos tienen una cosa en común: han sido diseñados por un modisto o por una firma de prestigio (que invierte tiempo, dinero y talento en crear), para luego ser modificados levemente por un competidor, que lo comercializará por un precio (en ocasiones) muy inferior al original (por diversos motivos: coste de fabricación y calidades inferiores, no tienen que amortizar la inversión en diseño e investigación, etc.). Esta práctica es tan común que nos hemos acostumbrado a ver en las pasarelas unos exclusivos diseños que luego son copiados por las principales cadenas internacionales de ropa.

Y aunque esta práctica habitual nos pudiera hacer pensar que los diseños de moda no se pueden proteger, lo cierto es que las leyes españolas y europeas ofrecen diversas soluciones para que los diseñadores puedan impedir estas copias que, aunque hace la delicia de los consumidores que no pueden permitirse vestir como sus estrellas favoritas, hacen mucho daño a un importante sector comercial y sobre todo penaliza a los diseñadores que invierten su dinero y talento en crear moda y tendencias.

¿Todo diseño de moda se puede proteger? ¿hasta los leggings de vinilo que tan de moda están esta temporada?

La respuesta es, obviamente, no. La Ley de Diseño Industrial establece determinados requisitos que debe cumplir una prenda para poder estar protegida, pudiendo evitar así su diseñador que terceras marcas le copien, y son los siguientes:

1. El diseño de la prenda tiene que ser novedoso, lo que quiere decir que el mismo no puede ser idéntico a otro diseño dado a conocer con anterioridad. Fijaos que la ley dice (artículo 6) que el diseño no puede ser idéntico, aunque más adelante matiza que se consideran igualmente iguales aquellos cuyas características difieran sólo en detalles irrelevante. Por lo tanto, tomar un diseño de Amaya Arzuaga y cambiarle un par de matices insignificantes podría implicar una infracción del diseño de la modista burgalesa.

2. El diseño tiene que tener carácter singular, y esto ¿qué quiere decir?. Pues la Ley precisa (artículo 7) que tendrá carácter singular cuando una prenda produzca una impresión general a un usuario informado diferente de la impresión general producida en dicho usuario por cualquier otro diseño. Me diréis ¿qué definición más vaga e imprecisa? y lo cierto es que tenéis razón, pero el Derecho está repleto de este tipo de definiciones que permite adaptar una norma a diferentes realidades sociales y situaciones, y así los abogados podemos defender tanto una postura como otra (o incluso a veces, ninguna).

La clave aquí es que el “look-and-feel” o la sensación que le da una prenda a un usuario informado (es decir, alguien con cierto conocimiento en la materia) es similar al que le da otra prenda similar. Esta norma no nos puede llevar a pensar que se puede proteger un estilo o la “personalidad” de un determinado modisto, sino únicamente las prendas que éste crea (hace unos meses, Custo Barcelona amenazó a Desigual con demandarles por las “similitudes de los productos comercializados”, alegando que el estilo de sus diseños se parecían mucho, algo que, como hemos visto, tendría pocas posibilidades de éxito si acude por esta vía, aunque habría otras alternativas más difíciles de probar).

3. El diseño tiene que estar registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas, en su Registro de Diseños. Ésta es una gran diferencia entre la protección de la música, el cine o la literatura y la de los diseños industriales, ya que mientras la primera no requiere inscripción en registro alguno, la Ley de Diseño Industrial sí obliga a los diseñadores a registrar sus colecciones si quieren impedir a otras empresas que comercialicen diseños idénticos a los suyos.

Este requisito tan importante que obliga nuestra ley suele ser conocido por los diseñadores cuando se dan cuenta que un competidor les ha copiado, van a un despacho de abogados para defender sus intereses y estos le comentan que debería haber registrado su diseño antes de presentar la colección. Incluso en este punto se podría demandar a un imitador (por competencia desleal, por diseño comunitario no registrado o por marcas), aunque las probabilidades de éxito son mucho menores que si se hubiese registrado el diseño.

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Llegados a este punto, ya tengo mi colección creada y registrada en la Oficina de Patentes y Marcas (o en la OAMI, si quiero una protección en toda la Unión Europea), ¿cuántos años estará protegido mi diseño y qué puedo evitar y qué no?

La Ley de Diseño Industrial concede (art. 43) un plazo de protección de 5 años desde la presentación de la solicitud, con la posibilidad de renovación hasta un máximo de 25 años. Esto implica que si el diseñador lo desea, su prenda estará protegida durante todo este tiempo, pudiendo evitar que cualquier competidor realice en estos años una prenda idéntica a la suya (recordad la definición de “idéntico” que dije antes).

¿Esto quiere decir que puedo imitar los modelos de Coco Chanel, o el clásico bolso Speedy de Louis Vuitton?

speedy

Sí y no (en Derecho, las cosas no son blancas ni negras, sino que hay una infinidad de elegantes tonos grises). Puede que el derecho sobre el diseño haya pasado ya al dominio público, pero lo más probable es que determinados elementos del mismo seguirán estando protegidos por otras leyes, como la Ley de Marcas (en el caso del Speedy, el logo y marca de Louis Vuitton o incluso la forma, como marca tridimensional).

Las leyes son textos complejos (de eso vivimos los abogados) y hay que estudiar cada caso concreto para no vernos envueltos en problemas legales (por ejemplo, nada de lo aquí dicho sirve para EE.UU.), así que antes de falsificar (o hacer réplicas o clones, que resulta mas glamouroso) prendas clásicas de los grandes modistos, acudid a un buen abogado especializado en estos temas para que os asesore correctamente (a la larga os ahorraréis problemas).

En resumidas cuentas, la ley permite que un diseño se “inspire” en otro, o que siga una tendencia, o incluso que rinda un profundo homenaje a un diseño clásico; el problema se genera cuando dicha prenda o accesorio toma prestadas demasiadas características de un original protegido de tal forma que un consumidor pudiera pensar que se trata de la misma prenda.

Por eso, la recomendación que siempre les hago a los creadores que pasan por mi despacho es que intenten ser originales (labor harta complicada), dejándose influir lo menos posible por otros creadores, aunque puestos a copiar, hazlo bien: toma cuantos menos elementos coincidentes mejor, inspírate o toma diseños que estén en el dominio público y, el cualquier caos, acude a un abogado de confianza para evitar problemas legales. Si eres consumidora, no compres imitaciones; es la forma de respetar a aquellos que innovan en el diseño y el estilo.

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Andy, muchísimas gracias por tu explicación, me ha encantado tu análisis y, sobre todo, el hecho de ver que, además de Propiedad Intelectual (en este caso industrial), también sabes algo de moda. Tus ejemplos han sido muy ilustrativos. Sólo me queda una pregunta en el tintero: ¿Qué pasa con empresas como Zara, en su caso Inditex, que se sabe que se dedican a “traer al gran público” lo visto en colecciones de grandes (y en algunos casos no tan grandes) diseñadores? ¿Cómo pueden dedicarse a hacerlo abiertamente y con total impunidad?

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Esa es una pregunta que seguramente se hace todo el mundo a estas alturas del post (o por lo menos los que hayan llegado hasta aquí). Como he explicado, el ordenamiento jurídico es complejo: prohíbe determinadas copias de diseños registrados cuyo plazo de protección no haya expirado, aunque si no están registrados se podría reclamar protección a través de la Ley de Competencia Desleal, de Propiedad Intelectual o incluso por Diseño Comunitario No Registrado, aunque todo esto sólo sería posible en Europa, ya que en EE.UU. no existe esta protección, debiendo acudir los diseñadores al tradicional “copyright” o a las patentes de diseño.

Si no habéis entendido nada del párrafo anterior, no os preocupéis, simplemente intentaba resaltar la complejidad del sistema, que implica que las empresas deban tener una estricta política de protección de sus activos inmateriales controlada por especialistas en la materia. Además, la inexistencia de una protección global a los diseños (que contrasta con un mercado internacional) hace que muchas de las prendas que vemos en los desfiles y en las revistas no estén protegidos por la Ley de Diseño Industrial.

Más motivos para justificar tanta imitación y tan pocas sentencias son que, si os fijáis en las fotografías del inicio del post, ninguno de los modelos son exactamente iguales, sino que guardan determinadas semejanzas (algunos más que otros), y en esa frontera entre lo novedoso y lo reproducido circulan empresas como Zara o Mango. Es evidente que si alguna prenda se pone de moda una temporada, todas las marcas de masas intentarán imitarla; si es algo básico (y clásico) como unos leggings de vinilo, todos podrán hacerlo sin problema, mientras que si es algo más novedoso, los competidores (asesorados por abogados) intentarán hacer suficientes modificaciones a la prenda para evitar caer en la copia, aunque con las similitudes que reclaman los consumidores.

La cuestión, como digo, es la delgada línea que separa la copia de la inspiración.

21 comentarios

  1. jose_airam dice:

    Creo que la última frase resume a la perfección toda esta problemática. Sinceramente, firmas como zara ya han sobrepasado esta línea y yo creo que al final, se verán perjudicadas.

    Un gran artículo, si señor.

    Besos!

  2. ¡Qué explicación tan completa! Sin duda, esto de los clones está dando mucho que hablar. Es interesante ver que sí que existe protección para el creador, pero es evidente que empresas como Zara se guardan muy bien las espaldas y se quedan en esa zona gris a la hora se sacar diseños similares a los de las pasarelas.
    Por cierto, Andy, cómo controlas de moda ¡Qué apañado!
    Besos para los dos.

  3. Laura dice:

    No puedo estar más de acuerdo con tu artículo!!

  4. [...] artículo ha sido creado por encargo para elblogdemoda.com, aunque lo reproduzco aquí por su relación con la temática de mi [...]

  5. Shopaholic dice:

    Que post tan interesante! el problema esta, me parece a mi, en que un mundo que se mueve tan tan rapido como el de la moda, no creo que a los diseñadores les salga rentable registrar cada modelo que proponen, porque en 6 meses (o mucho menos) ya estara obsoleto…

    Un beso, y enhorabuena por el post!

  6. Andy Ramos dice:

    Gracias a todos por vuestras amables palabras, me alegra que os haya resultado interesante, a pesar de tratar de algo tan árido como es el Derecho.

    @Ratita Presumida: si controlo algo de moda y de diseñadores es porque tengo a alguien en casa que me pone al día sobre estos temas. Si no, estoy seguro que seguiría llevando orgulloso mi chaqueta con hombreras (aunque ahora creo que han vuelto para las chicas ¿no?)

    @Shopaholic: efectivamente el mundo se mueve rápido, pero a la hora de registrar sus colecciones, los diseñadores pueden juntar varios diseños en una misma solicitud, por lo que con ella abarcarían toda una colección. Además, piensa que aunque en 6 meses una prenda pueda estar obsoleta, quién sabe si al cabo de 10 años vuelve a estar de moda…

    Saludos

  7. Botica Pop dice:

    en el caso de los zapatos balmain el ejemplo es mu claro, pero recuerdan a aquella dibujante que alegaba que zara le habia robado unos monstruitos para ponerlos en t-shirts de trafaluc? evidentemente ella no era muy conocida antes de la noticia y entonces la ley pesa más a favor de una gran marca como balmain y menos en el caso de la dibujante ‘desconocida’, no?

  8. Andy Ramos dice:

    @BoticaPop: no exactamente, la Justicia es (o debería ser) ciega y no distinguir entre grandes y pequeños. El caso que comentas creo que fue el que mencionó Mamen aquí http://www.elblogdemoda.com/?p=314 y, demostrando una vez más la complejidad del asunto, no se enjuiciaría tanto por la Ley de Diseño Industrial sino por la Ley de Propiedad Intelectual, al tratarse de obras gráficas.

    Las similitudes entre ambos dibujos es tan manifiesta que creo un hipotético juicio podría terminar a favor de la diseñadora, que tendría que probar que sus creaciones fueron anteriores a las de Zara. Por este motivo, para que los “grandes” no ganen siempre, yo siempre recomiendo registrar creaciones como los dibujos de esta diseñadora, que recuerdo que es obligatorio para Diseños Industriales, no así para Obras originales como una canción o un dibujo.

    Un saludo

  9. Hola Mamen!!! Cómo estás?
    Muy interesante el post!!

    un beso grande!

  10. patri dice:

    Felicitar a Andy por la claridad de la información y datos aportados y a tí por la idea y transmitirnosla. Si me lo permites, me haré eco de este post en mi blog y si me autorizas lo pondré en facebook. Ya me cuentas, espero tus noticias.. Un beso Mamen.

  11. D´SABRERA dice:

    esta exelente tu articulo te felicito eres un gran conocedor de moda y estylo .

  12. Lorentzo* dice:

    Hoy sólo puedo darte a ti y a Andy una profunda enhorabuena por este análisis exhaustivo de un aspecto sobre el que siempre tenemos tantas dudas.

    Gracias por aclarar tantas cosas, de verdad.

  13. Nucs dice:

    Hola a todos, mi nombre es Nucs, y me parece un artículo de lo más interesante, sobre todo para los que nos dedicamos al mundo de la moda, sea Alta Costura o Pronto Moda. Hace bastante tiempo que me dedico a ello y la verdad, me resulta penoso ver como firmas con presupuestos elevados para crear estilo, tanto en diseño de montaje de puntos de venta, como para publicidad, se desprestigian copiando deliberadamente. Podrían contratar diseñadores, que los hay y muy buenos, para que su propia firma sea de calidad y a precios competitivos, me parece mejor ejemplo el de dar a precios asequibles series limitadas de diseñadores con renombre. Si los grandes no respetan, ¿que va a ser de la moda creativa? Gracias por este artículo, Nucs.

  14. andrea campos dice:

    esta muy bien lo q es la moda porq
    me ayudo con un trabajo de mi colegio

    los felicitooooooo

  15. laamart dice:

    Estoy de acuerdo con este artículo, y no puedo estarlo más. Pero hay que decir que hay veces que los que sobrepasan la línia de la inspiración para convertirse en copia o plagio son las grandes marcas que copian a las pequeñas. Y que la gente piensa que no es así, ya que siempre parece que el que está más arriba tiene la razón simplemente porque es el grande. (como el caso de la chica que ilustraba) Pero qué pasa con esas marcas que no son SÓLO Mango y Zara que hacen lo mismo y que se jactan de que se lo hacen a ellos?

    No voy a dar nombres porque mi intención no es hacer publicidad, pero: soy diseñadora de moda y como muchos/as trabajamos horas y horas y noches para sacar adelante nuestro proyecto. Hace 2 años empecé con mi tienda de mi marca, en una calle muy muy concurrida. Al principio tenía que estar yo en ella, porque no llegaba a poder costeármelo todo. Y puedo decir y sin vacilar que desde el minuto 0 tenía de vez en cuando gente haciendo fotos al escaparate. Fotos a una falda, fotos a la otra, cómo estaba hecho, qué tejido era ese, así sin más..
    La rabia y la impotencia podía conmigo, TOTALMENTE. Qué indigno me parecía aquello!
    Yo, que llevaba meses con mi proyecto, mi tienda, mis diseños, las fotos del catálogo, en una palabra: TODO! Y cuando abro mi tienda de venta al público y el primer día: ZAS! van y me hacen fotos a la ropa. (Hasta un día tuve una discusión con uno que iba con capucha y una cámara que debió costar una fortuna. Obviamente era Coolhunter)
    Pensaréis que: bueno, no será para tanto, que tal vez no son para copiar, etc.. Pero yo sé que sí y vosotros también lo sabríais si estuvieseis allí, porque se nota.
    Bueno, sin liarme más porque no estoy yo aquí sola: sólo decir que estamos solos ante el peligro y que si hoy en día quieres nacer con tu proyecto desde cero, es muy difícil a no ser que tengas un padrino que te costee todo desde el principio y te ayude a darte a conocer rápido para que la gente sepa de ti y tu estilo. La personas que no podemos pagar un registro de marca, otro de propiedad industrial con los modelos, más toda la montaña que viene detrás de materiales, máquinas, local, etc.. tenemos que ir de puntillas sin hacer ruido y saltar al público para que nos vean rápidamente.
    Espero que no os haya parecido arrogante lo que os he comentado pero eso está en todas partes y a mucho que empezamos os estará pasando lo mismo.
    Un saludo y felicitaciones por la información que no mucha gente le gusta facilitar.

  16. milagros dice:

    es un articulo muy bien echo me fasino todo siempre equerido ser diseñadora de moda siempre me a fasinado esa carrera

  17. stephanie dice:

    genial articulo me fasino este articulo es genial no me salen mas palabra pero deve ser genial ser diseñadora de moda.

  18. stephanie dice:

    el diseño de moda es lo maximo me gusto mucho el articulo.

  19. PASKI dice:

    Hola, ante todo muchas gracias por el post tan bueno.

    Yo quisiera hacer 1 comentario ya que somos una marca de moda española muy sencilla y discreta que estamos luchando lo indecible por seguir adelante.

    hoy me lleve una gran srpresa cuando fui a unos grandes almacenes EL CORTE INGLES y paseando por los pasillos de moda me encontre con copia 1000% igual que una prenda que nosotros habiamos diseñado y vendido en nuestras tiendas el año pasado .

    Muy sorprendida por la situacion segui paseando y empeze a ver otra y otra asi un monton de ellas.

    nuestra empresa como decia es reciente y modesta , pero no sabia que una gente como EL CORTE INGLES se dedicaria a COPIAR y PLAGIAR prendas exactamente igual que las nuestras, cuando digo COPIAR ES COPIAR ya que en la moda cuando algo te gusta hay que adaptarlo, modificarlo y darle toques personales, pero esta gente estan tan desesperados que ya no saben que hacer por ganar y ganar mas y encima tantos diseñadores que tienen , para salir a la vuelta de la esquina a comprar prendas y copiarlas exactamente iguales y encima con muy muy mala calidad por eso vale ese precio y HECHO EN CHINA.

    Yo no sabia que 1 empresa como EL CORTE INGLES hacia eso, pero aunque me duela , no veais la satisfaccion tan grande que da saber que somos punto de referencia para copiarnos , por que como os imaginareis , nos cuesta mucho dinero estar al dia en diseños ,materiales , tendencias y esa gente que presume de ALMACENES DE MODA EN ESPAÑA AHORA LES PODRAN LLAMAR ALMACENES DE COPIAS BARATAS, jajaja ademas sin querer darles pubicidad, los chinos son mas profesionales , baratos y de mejor calidad que lo que yo vi.

    UN SALUDO A TOD2 Y GRACIAS C.I POR SEGUIRNOS LOS PASOS QUE LA GENTE QUE EN SU DIA COMPRO NUESTRA MARCA , SABE LA DIFERENCIA DONDE ESTA Y ASI PODRA COMPARAR LO BUENO DE LO MALO

  20. Sole dice:

    Los cool hunter hacen bien su trabajo y hasta los grandes pueden inspirarse en anónimos…¿Plagio o coincidencia?
    Un post interesante,
    http://neocostura.blogspot.com/2010/03/hermosas-coincidencias.html

  21. Muy bueno el artículo, yo soy de las que compran en Zara….

    http://casaecohabitada.blogspot.com/
    http://www.riivdesign.es

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